billetesCuando entramos como socio en una cooperativa, realizamos dos tipos de aportaciones, bien como capital social de la cooperativa, que suele ser una cantidad pequeña cuando no simbólica y por otro lado, unos pagos a cuenta de la vivienda que en su día nos adjudicarán, siendo el importe, normalmente, entre el 20%-30% del precio total que se estima para nuestra vivienda.

A lo largo de la vida cooperativa, pueden haber muchas causas por las que en algún momento nos interese salir de la cooperativa, y por tanto, que nos devuelvan el dinero aportado.

Sin embargo, la cooperativa no es un negocio, no genera beneficios, y sus dos modos de obtener liquidez son las aportaciones de los socios, y la financiación de cajas o bancos.

No obstante, como siempre debe tener liquidez, ya que una parte de las viviendas lo ha ido cobrando mucho antes de entregarlas y ese dinero no se debe haber gastado (lo que pasa es que se “gasta”).

Hay dos formas de salir de la cooperativa, pidiendo la baja o alegando graves incumplimientos.

PEDIMOS LA BAJA

Primero, ver que sucede con el seguro de cantidades entregadas a cuenta para el supuesto de pedir la baja. Hay veces que no vale la pena, ya que para que el seguro tenga validez, hay que ser socio en activo.

Supongamos que pedimos la baja. Ha de hacerse por escrito, de manera fehaciente, un burofax o similar, algo donde quede constancia de la fecha y lo que hemos pedido, la baja.

En nuestro escrito, es conveniente hacer referencia a nuestra fecha de entrada, y las cantidades aportadas, y con eso, solicitar su devolución con intereses.

COMO MOTIVAR LA BAJA

La cooperativa recoge en los Estatutos, una serie de “ventajas” a su favor en el momento de la baja. ( suele venir regulado en los arts 11 a 14).

Las ventajas son fundamentalmente, que se autoconceden unos plazos larguísimos para devolver el dinero.

Así dicen, que la baja ha de tener un preaviso de 6, de 12 meses, a partir del cual contarán los plazos, y que luego tienen de plazo desde 1 año hasta 5 años para devolver el dinero.

También suelen “penalizar” la baja, es decir, no devuelven todo, sino que se quedan el 25% en concepto de sanción, gastos o como quieran llamarlo.

Como las cooperativas no quieren devolver el socio, y pretenden evitar que los socios se den de baja, lo ponen difícil.

Por eso regulan dos tipo de baja, la justificada y la no justificada.

La baja justificada se produce por un número limitadísimo de causas, que suelen ser, que cambie el objeto de la cooperativa, o el sitio donde se hagan las viviendas, que se propongan derramas y nos hayamos negado en Asamblea a las mismas ( para eso nuestro voto debe constar en el Acta), que la cooperativa se fusione… motivos que son básicamente que todo ha cambiado.

Las demás bajas, aunque nos parezcan razonables, y justificadas, (divorcio, paro, enfermedad, cambio de destino, etc), serán para la cooperativa no justificadas.

Ojo, es frecuente que la Gestora nos haya dicho que cuando queremos podemos salir, que sin problemas, que ellos asumen todo… es incierto. Ahora vendrán las excusas, diciendo que si traemos a un socio que ocupe nuestra vivienda, ( es decir “la traspasamos”), pues nos devolverán nuestro dinero. No suele ser cierto. En cuanto llega el dinero, esta va a pagar otras deudas de la cooperativa. Del mismo modo suelen decir que ellos buscarán a alguien que quiera nuestra vivienda. Si a la cooperativa le queda una vivienda libre, es imposible, su trabajo es colocar todas las viviendas de la cooperativa, no traspasar las de los socios que ya no las quieran. Además, por ese trabajo no cobran, así que, no lo van a hacer.

Si la Gestora nos dice que podemos salir cuando queramos y que nos devolverá el dinero, hay que pedir un escrito que lo recoja y se comprometa, con plazos y garantías, avales de la gestora, responsabilidad solidaria etc.

Con las justificadas la cooperativa tiene la obligación de devolvernos el dinero en un plazo, normalmente ronda el año o año y medio, y con las no justificadas, puede llegar a cinco años.

Y ojo, la baja la califica la propia cooperativa a través de sus órganos, que podemos recurrir ante ellos, y luego presentar una demanda, en fin hacerlo largo.

En el momento en que estamos de baja, y todavía no podemos reclamar, estamos en un limbo jurídico. Es como tener un talón o cheque que nos van a pagar dentro de año o años y medio, o cinco años, pero que todavía no podemos cobrar.

La situación es que como socios en baja, ni intervenimos en la cooperativa, ni nos dan cuentas, ni nada, mientras que los socios que siguen, vigilan y actúan en su interés, y “pasan” de los socios en baja.

Esta es la “trampa” de la cooperativa, el célebre “si nos salimos y abandonamos, perdemos todos” que suele decir la gestora en las Asambleas cuando empiezan las primeras dudas.

Una vez ha transcurrido el plazo, exigimos el pago. A veces pagan, la mayoría no. Bien proponen pagar a plazos (si, a plazos tras año y medio, o tras cinco años), o que nos quedemos con suelo, bajos… etc.

En ese momento, hay que exigir el pago, si en días no pagan, demanda, y la demanda con medidas cautelares.

Podemos tener seguro, y pese a lo que diga la póliza, necesidad de estar en alta como socio, reclamarle, las últimas sentencias son favorables a los cooperativistas.

OTRA FORMULA: NO PEDIMOS LA BAJA, PEDIMOS LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE SOCIO POR INCUMPLIMIENTO.

En muchas cooperativas ha transcurrido un plazo más que excesivo. Una obra dura unos 24 meses, una promoción privada unos 3 años, una cooperativa, 5 años. Cuando estamos en más de cinco años y no han comenzado las obras, o no hay ni siquiera financiación, creo que podemos exigir una fecha de cumplimiento motivada, con un compromiso y una responsabilidad, y esta fecha, no la pueden dar.

Entonces estaremos en una extraña situación. Somos socios de una cooperativa que no sabemos cuando tendrá las viviendas acabadas, cuantas serán, cuantas estarán habitadas, cuantas serán del banco, y sobre todo, cuanto nos van a costar.

QUE HACEMOS

Pedimos la resolución del contrato de preadjudicación. Seguimos siendo socios, pero sin vivienda, hasta que se “aclaren” todas las demás cuestiones.

Y si resolvemos el contrato de preadjudicación, deben devolvernos nuestro dinero. Hemos ahorrado los plazos que impone la cooperativa.

2 comentarios de “Cómo recuperar el dinero aportado a una cooperativa

  1. NURIA dice:

    Buenos días,

    Mi cooperativa dio a la quiebra (se gastó 1 millón de euros en nada, ni hay terreno ni nada…) y nos cambiaron de gestora (un amigo del antiguo gestor) estamos en tierra de nadie ya que la nueva gestora nos está haciendo el favor de intentar sacar adelante la promoción sin cobrar nada hasta el inicio de obras. Actualmente el consejo rector no está redactando las actas de las asambleas, desde que estamos en tierra de nadie ha habido unas 3 asambleas y no se ha enviado ningún acta a nadie. en estas asambleas el plan de viabilidad que ofrece el «nuevo gestor» es cambiar el terreno, y en vez de hacer vivienda VPPB hacer VPPL… estas condiciones y ese emplazamiento no son los que yo firme en un principio.. a parte las viviendas serían más caras.
    Quiero saber de que manera puedo pedir la baja justificada ya que han cambiado todo (como dice en su artículo, la baja justificada se produce por un número limitadísimo de causas, que suelen ser, que cambie el objeto de la cooperativa, o el sitio donde se hagan las viviendas, que se propongan derramas y nos hayamos negado en Asamblea a las mismas ( para eso nuestro voto debe constar en el Acta), que la cooperativa se fusione… motivos que son básicamente que todo ha cambiado) yo siempre que han votado nuevas viviendas o nuevo terreno me he negado y he aclarado que no iba a poner más dinero, pero al no tener actas no se si puedo ser baja justificada..

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