Las responsabilidades en una cooperativa de viviendasAnte las consultas recibidas, vamos a explicar en este artículo las responsabilidades en cooperativas de viviendas, centrándonos en la RESPONSABILIDAD CIVIL, y más adelante escribiremos sobre las responsabilidades penales, o los delitos más habituales que giran en torno a una cooperativa.

RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS

    Salvo que conste de manera expresa los socios de la cooperativa sólo responden con el capital aportado.

    Los socios aportan dinero de dos formas, una pequeña parte, el capital social, y otra, la grande, las entregas a cuenta de la vivienda. Y la cooperativa responde con el capital social, lo único que, en teoría pueden llegar a perder los socios.

    Sin embargo, algunas cooperativas incluyen en sus Estatutos, una cláusula en la que dice: “Los socios de la cooperativa responderán de manera ilimitada y solidaria de las deudas sociales.”

    En ese caso, la cooperativa pierde parte de su carácter y pasa a ser una comunidad de bienes, en la que todos responden de todo con todo su patrimonio, (inmuebles, vehículos, sueldos, acciones, lo que puedan heredar…) presente y futuro. (No sólo lo que tengas hoy sino lo que puedas llegar a tener).

    Como advertencia, esta láusula  de responsabilidad se da con más frecuencia en aquellas cooperativas que tienen la hipoteca con el  BANCO BILBAO VIZCAYA  y el BANCO DE SANTANDER.

    Así que si estáis en esas circunstancias… tomad precauciones antes de que sea tarde.

RESPONSABILIDAD DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO RECTOR

    Los miembros del Consejo Rector son responsables siempre de todo del mismo modo que lo es el administrador de una sociedad.

    Debemos distinguir 2 tipos:

    Cooperativa autogestionadas: El Consejo Rector gestiona, se trata de una cooperativa pura, y los intereses de la gestora, de la cooperativa y del consejo rector son siempre los mismos. No suele haber problemas, salvo enfrentamientos personales entre los socios.

    Cooperativa gestionada por una GESTORA :  El Consejo Rector es jurídicamente y ante terceros, el responsable máximo, aunque en la mayoría de los casos, se hace y deshace lo que “dice” la gestora, que si las cosas van mal, intentará irse de rositas.

    El interés de la gestora es, como negocio, ganar dinero, aguantar la cooperativa como sea, aun cuando este quebrada, sea inviable etc.…. Ya que si pasa algo, el responsable será el Consejo Rector, que es quien al final, firma.

    Las gestoras suelen decir que sólo es responsable el consejo rector si las cosas se hacen mal… Pero que como ellos lo han hecho bien siguiendo los consejos de la gestora no les va  a pasar nada. No es verdad.  Explícaselo a un cooperativista que no puede recuperar sus dinero, y que todo lo ha firmado el Consejo Rector. (Sin saber muy bien que firma y para que, es más ni siquiera tiene copia de lo que ha firmado).

    Así que si eres miembro del Consejo Rector, cuidado, si las cosas van bien, estupendo, si van mal, pueden pedirte responsabilidades de todo, si de todo lo que deba la cooperativa, incluida la hipoteca de todas las viviendas.

    UN CONSEJO: Nosotros no permitimos que ningún cliente sea miembro del consejo rector si no tiene, (pagado por la cooperativa) un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL suficiente.

    Así que, pedid ese seguro, y si no os lo dan, no seáis miembros del Consejo Rector, o asumid las posibles consecuencias.

TEMA APARTE, POR SU EXTRAORDINARIA GRAVEDAD, ES LA RESPONSABILIDAD QUE TIENE EL CONSEJO RECTOR FRENTE A LA AGENCIA TRIBUTARIA (HACIENDA).

A este tema le dedicaremos en breve un artículo completo.

    RESPONSABILIDAD DE LAS GESTORAS

    Las Gestoras no quieren tener ningún tipo de responsabilidad, ya que para eso firma el Consejo Rector.

    Sin embargo, de hecho, actúan en muchos casos como promotores encubiertos. Son ellas quien compran el suelo, quienes contratan o “deciden” que arquitecto, que entidad financiera, que seguro, que constructores…. Que son los mismos siempre en todas “sus promociones”.

    Cuando las cosas van mal, cobran lo que pueden, pese al fracaso de la cooperativa, en función de un contrato de gestión que han “impuesto”. No conocemos todavía el caso de un socio o cooperativa que haya negociado o pactado ese contrato, simplemente ya esta ahí, y curiosamente, favorece muchísimo a la gestora. Con un poco de picardía, argumentan siempre que la cooperativa les debe un dineral….y que ellos “lo perdonan”.

    Cuando a la cooperativa no se le puede sacar más, reúnen a los socios, para que a través del mismo abogado de la gestora les lleve las cosas y así tenerlos controlados, si el proyecto esta muerto (muchos socios en baja, retrasos de años, falta de financiación etc.…) y no se le puede sacar más, simplemente o la abandonan, o presentan el concurso, para quitarse de en medio.

    En interés de la cooperativa y de los cooperativistas es poder probar que quien manda de verdad es la Gestora.

Como pistas:  escrituras de poderes a favor de la gestora, es la gestora quien firma los contratos con los bancos, constructores etc… Y el Consejo Rector se limita a poner su firma en los talones o transferencias que les pone por delante la Gestora.

    Las gestoras profesionales no sólo no hacen eso, sino que además, tiene un SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL por su trabajo, del mismo modo que tiene los médicos, los arquitectos o los abogados, por si algo sale mal.

    Cuando se contrata a una Gestora se le debe exigir un seguro de responsabilidad civil suficiente, si no lo tiene o no se lo dan….piensa, si la aseguradora no se fía, cuando ese es su negocio, ¿quieres fiarte tú?

    RESPONSABILIDAD DE LOS AUDITORES DE LA COOPERATIVA

    Los auditores tienen un claro régimen de responsabilidad, con seguros muy altos.

Su misión es acreditar las cuentas. Sin embargo, en los últimos tiempos encontramos auditorias “dudosas” en todos los campos. Fijaros sino en las auditorias de los bancos que estaban tan “saneados”.

    Bueno, pues en una cooperativa, debe también advertir de su estado, riesgos y viabilidad cuando el proyecto empieza a complicarse. Así, como son contratados por las Gestoras, y las Gestoras quieren seguir con la cooperativa aunque sea inviable desde hace años…..

    Lo bueno, que si hay “error” en las auditorias, hay un seguro, y si se demuestra, a ellos se puede reclamar.

    Este campo, reclamar a los auditores es casi novedoso aquí, pero frecuente y usual en el mundo anglosajón.

    Queda pendiente una segunda parte, sobre responsabilidad penal, o los delitos más frecuentes en torno a una cooperativa.

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